Sección 05100
ESTRUCTURAS METALICAS
PARTE 1 GENERAL
1.1. La sección incluye
A. Los trabajos aquí especificados incluirán, en general, todos los materiales, herramientas, equipos, transporte y mano de obra necesarios para la ejecución de las estructuras metálicas de la obra. Los mismos alcanzan, pero no se limitan, a:
a. Estructura de sostén de la cubierta de planta alta.
b. Elementos de anclaje y vinculación.
c. Soldaduras.
1.2. Secciones relacionadas
A. Sección 03300 - Hormigón moldeado en el sitio.
B. Sección 04100 - Mamposterías de ladrillos cerámicos.
C. Sección 07100 - Aislación de humedad e impermeabilización.
D. Sección 07200 - Aislación térmica.
E. Sección 07600 - Chapas metálicas y zinguerías.
1.3. Normas y especificaciones
A. Serán de aplicación obligatoria los siguientes reglamentos y normas:
a. CIRSOC 101 "Reglamento argentino de cargas permanentes y sobrecargas mínimas de diseño para edificios y otras estructuras"
b. CIRSOC 102 "Reglamento argentino de acción del viento sobre las construcciones"
c. CIRSOC 301 "Reglamento Argentino de Estructuras de Acero para Edificios"
d. CIRSOC 302 "Reglamento Argentino de Elementos Estructurales de Tubos de Acero para Edificios"
e. CIRSOC 303 "Reglamento Argentino de Elementos Estructurales de Acero de Sección Abierta Conformados en frío y sus Comentarios"
f. CIRSOC 304 "Reglamento Argentino para la Soldadura de Estructuras de Acero"
g. Normas IRAM mencionadas en los reglamentos CIRSOC anteriormente indicadas.
1.4. Información a suministrar
A. Cálculo de las estructuras
El Contratista tendrá a su cargo la verificación del cálculo de las estructuras que se indican en los planos de proyecto, así como todos los planos y/o croquis de detalles, que pudieran ser necesarios para la ejecución de los trabajos.
1.5. Entrega y almacenamiento
A. Los materiales se recibirán y almacenarán en lugares secos y protegidos. Se deberán proteger del óxido y otros daños. Se retirarán de la obra los materiales dañados, que serán repuestos sin costo para el Comitente.
PARTE 2 PRODUCTOS
2.1. Materiales
A. Chapas y perfiles laminados en caliente
Calidad mínima según normas IRAM-IAS U 500 503.
Aptitud para soldar: de acuerdo a lo establecido por el reglamento CIRSOC 304.
B. Elementos de chapas de acero plegadas en frío
Calidad mínima según normas IRAM-IAS U 500 503.
C. Tornillos normales en bruto o calibrados; bulones de anclaje
Los bulones comunes serán de Calidad 4.6 DIN 267 o equivalente según norma IRAM-5214 ó 5220.
D. Los bulones de alta resistencia serán de alta calidad 10.9 según la norma IRAM 5214.
Las tuercas y arandelas se ejecutarán de acuerdo a las normas IRAM 5304, 5106, 5107 y 5108.
El dimensionado responderá a las especificaciones en planos y a la memoria de cálculo.
2.2. Soldaduras
A. Generalidades
a. Todas las soldaduras deberán efectuarse por arco eléctrico.
b. Los bordes y extremos que deben unirse a tope, tendrán que ser biselados, ranurados o con la forma que se indique; deberán cepillarse y/o esmerilarse.
c. En los trabajos de soldadura continua se tomarán todas las precauciones y se aplicarán los métodos necesarios para evitar la deformación de los elementos. La soldadura continua deberá resultar de costuras espaciadas; de manera tal que se evite el excesivo calentamiento del metal. La continuidad del filete deberá lograrse mediante la aplicación de soldaduras cortas e intermitentes.B. Inspección de la soldadura
a. Las soldaduras deberán quedar completamente rígidas y como parte integral de las piezas metálicas que se unen. No deberán presentar picaduras, escorias u otros defectos.
b. Todas las soldaduras serán inspeccionadas antes de ser pintadas.
c. Cualquier deficiencia que aparezca en las soldaduras durante la ejecución de la obra, deberá darse a conocer inmediatamente a la Dirección de Obra.
PARTE 3 EJECUCIÓN
3.1. Documentación
A. El contratista tendrá a su cargo la revisión del cálculo y ejecución de los planos de taller y de toda otra documentación necesaria para ejecutar la obra.
El Contratista entregará a la Dirección de Obra, para su aprobación la documentación pertinente, quince (15) días antes del comienzo previsto para la fabricación en taller.
3.2. Montaje
A. Será de aplicación lo estipulado en los reglamentos CIRSOC 301, CIRSOC 303 y CIRSOC 304.
B. Aprobación previa del montaje
Antes de proceder al montaje de la estructura metálica, el Contratista solicitará a la Dirección de Obra, la autorización correspondiente.
En caso de errores y/o defectos, el Contratista deberá proponer a la Dirección de Obra las medidas correctivas del caso.
C. Medios de unión
Las uniones soldadas se calcularán y ejecutarán de acuerdo a lo establecido por el reglamento CIRSOC 304.
D. Protección anticorrosiva
Las protecciones responderán a lo indicado en los reglamentos CIRSOC 301 y CIRSOC 303.
Las estructuras pintadas, deberán montarse con tratamiento anticorrosivo epoxi autoimprimante. La especificación de terminación de pintura será la indicada en la Sección 09900: Pinturas ó por la Dirección de Obra. La última mano se aplicará luego de ser montada la estructura.
Los daños a las capas protectoras que se pudieran haber producido durante el montaje, serán reparados por el Contratista, a satisfacción de la Dirección de Obra.
El tratamiento de los elementos de montaje (bulones o suplementos), será el mismo que el de la estructura de la que pertenezcan.
E. Uniones provisorias
Todo elemento provisional que por razones de montaje deba ser soldado a las estructuras, se desguazará posteriormente con soplete no admitiéndose que sea a golpes para no dañar la estructura. Los restos de cordones de soldadura se eliminarán con piedra esmeril, fresa o lima.
3.3. Inspecciones en obra
A. Todo elemento terminado será inspeccionado y deberá ser aceptado en obra.
B. Tal aceptación, sin embargo, no exime al Contratista de su obligación de reemplazar o corregir cualquier material o trabajo defectuoso de dimensiones erróneas o mal hecho, aun cuando ello se advirtiera después de la inspección.
C. El Contratista será responsable por todas las consecuencias que el rechazo de materiales acarree, tanto en lo que respecta a su propio Contrato, como en lo que afecte el trabajo de otros rubros, ya sea por costos directos o bien por perjuicios ocasionados por demoras o cualquier otra razón.