Sección 01500
CONSTRUCCIONES PROVISORIAS Y CONTROLES
PARTE 1 GENERAL
1.1. La sección incluye
A. Servicios temporarios: electricidad, iluminación, calefacción, ventilación, teléfono, agua para la construcción y servicio sanitario.
B. Controles temporarios: barreras, cercos y empalizadas y protección de las obras.
C. Obrador: vigilancia y seguridad, cartel de la obra, caminos de acceso, estacionamiento, limpieza, señalización, construcciones temporarias necesarias.
1.2. Secciones relacionadas
A. Sección 01600 - Requerimientos de los productos.
B. Sección 01700 - Requerimientos de la ejecución de la obra.
1.3. Electricidad de obra
A. El Contratista se conectará al servicio de energía existente, según instrucciones de la Dirección de Obra y el reglamento interno del Barrio Cerrado, Provincia de Buenos Aires.
B. El Contratista pagará la energía consumida, a cuyo efecto proveerá medición independiente.
1.4. Iluminación
A. Se proveerá y mantendrá iluminación temporaria incandescente para lograr un nivel mínimo de iluminación interior de 22 W/m2.
B. Se proveerá y mantendrá iluminación exterior perimetral y en las áreas de depósito con fines de vigilancia y seguridad a un nivel de 10W/m2.
C. Se efectuarán todas las reparaciones de rutina necesarias y trabajos de mantenimiento.
1.5. Calefacción
A. El Contratista proveerá a su costo los equipos de calefacción temporaria necesarios para mantener las condiciones especificadas en cada sección, para las operaciones de construcción.
B. En el caso de operar equipos permanentes para calefacción temporaria se verificará primeramente que la instalación esté aprobada para su funcionamiento y que el equipo esté en condiciones aptas de funcionamiento. El Contratista proveerá a su costo el consumo, la operación y el mantenimiento incluido el cambio de piezas desgastadas o de mal funcionamiento.
1.6. Ventilación
A. Las áreas cerradas serán ventiladas para facilitar el curado de los materiales, disipar la humedad y evitar la acumulación de polvo, humo, vapores y gases.
1.7. Teléfono
A. El Contratista proveerá, mantendrá y abonará un servicio telefónico en la obra. De no ser obtenible un servicio telefónico por cable, proveerá a su cargo, telefonía móvil. La Dirección de Obra tendrá acceso al teléfono durante sus visitas a la obra.
1.8. Agua para la construcción
A. El Contratista proveerá, mantendrá y abonará un servicio de agua para construcción, de calidad apropiada. La misma será tomada de la red general del barrio según instrucciones de la Dirección de Obra y de acuerdo al reglamento interno del Barrio Cerrado, Provincia de Buenos Aires.
B. El Contratista propondrá el recorrido de la cañería de servicio, con canillas para conexiones de mangueras en distintos puntos de la obra.
1.9. Servicio sanitario
A. El Contratista proveerá y mantendrá las instalaciones sanitarias reglamentarias que sean necesarias, cumpliendo con las prescripciones de la Ley de Seguridad e Higiene del Trabajo y sus normas complementarias.
1.10. Cerco
A. El Contratista proveerá un cerco de obra según lo determinado en el reglamento del Barrio Cerrado, Provincia de Buenos Aires y de las instrucciones de la Dirección de Obra, en todo el perímetro del sitio de la construcción. Dicho cerco tendrá por función primordial pero no exclusiva, impedir el acceso de niños al predio.
B. Se protegerán todas las plantas y árboles destinados a permanecer. Las plantas dañadas serán repuestas por cuenta y cargo del Contratista con ejemplares similares en tipo y tamaño.
C. El Contratista estará obligado a proteger de daños a los vehículos, materiales almacenados, obras y estructuras realizadas por terceros.
1.11. Cartel de la obra
A. El Contratista proveerá e instalará un letrero de obra de dimensiones 1,5 m de altura x 1,5 m de ancho del cual corresponderán 1/3 a leyendas del comitente, 1/3 para los proyectistas y dirección de obra, 1/3 para el Contratista.
B. No se permitirá ningún otro cartel sin autorización expresa y por escrito de la Dirección de Obra.
1.12. Vigilancia y seguridad
A. La vigilancia y seguridad estará cargo del Servicio de Vigilancia específico del Barrio Cerrado y el Contratista deberá limitarse a cumplir con las normas establecidas por dicho Servicio. Ningún personal del Contratista, subcontratistas y/o proveedores, podrá permanecer en la obra después de las 18 horas, ni durante los días sábados, domingos y feriados. Los trabajos podrán comenzar a partir de las 8 horas.
1.13. Vías de acceso
A. El Contratista construirá y mantendrá los accesos a la obra desde los lugares públicos, según lo determina el Reglamento interno del Barrio Cerrado, Provincia de Buenos Aires.
B. Se proveerán los caminos de acceso, internos a la parcela, que sean necesarios para mantener la circulación de tránsito interno sin impedimentos y sin molestias para los predios vecinos.
1.14. Estacionamiento
A. El Contratista dispondrá áreas de estacionamiento temporario para subcontratistas y proveedores, según lo determina el Reglamento interno del Barrio Cerrado, Provincia de Buenos Aires.
1.15. Limpieza
A. El Contratista mantendrá en todo momento a la obra libre de sobrantes, deshechos, desperdicios y basura y en condición limpia y ordenada.
B. Quitará los sobrantes, deshechos, desperdicios y basura de zanjas, cañerías, cámaras, entretechos y cualquier espacio cerrado antes de cerrar o tapar dichos espacios.
C. Se barrerán y aspirarán las áreas interiores antes de comenzar los trabajos de terminación y se continuará con dicha limpieza de manera de eliminar el polvo.
D. El Contratista retirará de la obra todos los sobrantes, deshechos, desperdicios y basura periódicamente (como mínimo semanalmente). Los volquetes podrán colocarse en la vereda del predio, o sea que no podrán estar en la calle de circulación interna. Ningún sobrante, deshecho, desperdicio y/o basura, podrá estar fuera del predio ni alrededor de los volquetes.
1.16. Obrador
A. El Contratista propondrá para aprobación de la Dirección de Obra la ubicación, materiales y dimensión del obrador (oficina, depósito, vestuario y servicios sanitarios), las previsiones para tránsito y las facilidades para estacionamiento.
B. Durante la construcción, el Contratista coordinará las tareas de la obra y las ayudas con la Dirección de Obra.
C. El Contratista cumplirá con las instrucciones de la Dirección de Obra en cuanto al uso de los servicios temporarios y las ayudas a los gremio y el cumplimiento de las normas y reglamentos internos del Barrio Cerrado, Provincia de Buenos Aires.
D. El Obrador cumplirá con la Ley Nº 19587 de Seguridad e Higiene del Trabajo y sus correspondientes reglamentaciones y disposiciones concordantes.
1.17. Oficina de obra
A. Oficina: a prueba de clima, con iluminación, tomas eléctricos, mobiliario robusto, perchero y mesa para planos.
B. Se proveerá espacio mínimo para reuniones de obra con sillas y mesa.
1.18. Locales para acopio y depósito de materiales
A. Los locales para acopio y depósito de los materiales, cumplirán con lo prescripto en la Sección 01600 - Requerimientos de los productos.
B. Los materiales inflamables deberán ser depositados en lugares apropiados, donde no corran peligro éstos, ni el personal ni otros materiales, ni la construcción existente.
En las inmediaciones donde se emplacen estos materiales se proveerán los elementos de extinción de incendio que exijan las disposiciones vigentes (nacionales, provinciales, municipales y/o internas del Barrio Cerrado).
1.19. Retiro de obrador, servicios y controles
A. El Contratista retirará las construcciones, equipos y materiales temporarios de todo tipo, antes de la recepción provisoria de la obra.
B. Limpiará y reparará los daños ocasionados por la instalación o el uso de obras temporarias.
C. Así mismo restaurará a su condición final las obras e instalaciones permanentes que puedan haber sido utilizadas durante la construcción.
PARTE 2 PRODUCTOS
No se aplica.
PARTE 3 EJECUCION
No se aplica